Natura
5 ponferradinos imputados por presuntos delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente
Dentro de este control que se viene efectuando a las empresas generadoras, transportistas y gestoras de residuos que operan en la provincia de León, se ha observado un grave incumplimiento de la normativa medioambiental, comprobando como empresas en las que su principal actividad mercantil gira en torno al transporte o tratamiento de residuos, vierten los mismos de manera incontrolada e irregular, evitando con ello los costes que genera el llevarlos a un centro de tratamiento autorizado.
En las investigaciones se comprobó que el modus operandi utilizado por una de las empresas investigadas consistía en retirar los contenedores de residuos e, incumpliendo su obligación de entregarlos a un gestor autorizado, los vertía en un vaciado de obra, para posteriormente cubrir los mismos con tierra vegetal. Se estima que se han enterrado unos 3.600 metros cúbicos de residuos vertidos sin ningún tipo de control previo de separación de materiales, mezclados incluso con otro tipo de residuos que tienen un tipo de gestión específica con el consiguiente perjuicio y riesgo para el medio ambiente.
El código penal, en el artículo 325 establece que será castigado el que contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o excavaciones, aterramientos, ruidos, vibraciones, inyecciones o depósitos en la atmósfera, el suelo, el subsuelo o las aguas terrestres….que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales; asimismo en el artículo. 328.4, establece que el que contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general traslade una cantidad importante de residuos, tanto en el caso de uno como en el de varios traslados que aparezcan vinculados, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años.
Las empresas dedicadas a la recogida o transporte de los residuos de construcción y demolición (RCD’s) están obligadas a entregar los residuos para su tratamiento a una empresa autorizada, así como disponer de acreditación documental de las entregas. Dicha obligación ya se recogía en la derogada Ley 10/98 de Residuos así como en la actual, Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados, en concreto en su artículo 20.2 establece las obligaciones de las empresas que recogen o transportan residuos con carácter profesional, especificando en su apartado c), que tienen que entregar los residuos para su tratamiento en plantas o empresas autorizadas, y disponer de una acreditación documental de esa entrega.
Los vertidos incontrolados de residuos de construcción y demolición generan un gran impacto ambiental, contaminando los suelos, los acuíferos y produciendo un gran deterioro paisajístico, el hecho de que el poseedor, esté obligado a sufragar el coste de la gestión de los residuos, hace que el mismo busque la manera de evitar o en su caso minimizar esos gastos, bien abandonándolo en los lugares más insólitos, vertiéndolo clandestinamente en vaciados de obra o en vertederos clandestinos, evitando con ello llevarlo a una planta autorizada.
Para evitar esto, la legislación actual exige (excepto reparación domiciliaria), que el poseedor entregue al productor un certificado que acredite la correcta gestión de los mismos y que se ha entregado en una planta autorizada, promoviendo de esta manera el adecuado tratamiento de los mismos.
En el transcurso del último año y medio, el Servicio de Protección a la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona) de la Comandancia de León, ha realizado otras cuatro Operaciones por delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente con un total de 22 detenidos e imputados y más de 50.000 toneladas de residuos vertidos irregularmente.
Los imputados y las diligencias instruidas, han sido puestos a disposición del Juzgado de Instrucción de Guardia de los de Ponferrada y del Juzgado de Guardia de Astorga respectivamente.