Ponferrada
El Ayuntamiento de Ponferrada no tributará por transmisiones donde no exista plusvalía real
Con las nueva regulación el Ayuntamiento dejará de ingresar por este concepto en torno a 550.000 euros al año
La Comisión de Hacienda, Formación y Empleo, Territorio Inteligente, Relaciones Institucionales y Transparencia del Ayuntamiento de Ponferrada ha dictaminado hoy favorablemente, con 6 votos a favor y 7 abstenciones, la modificación de la normativa municipal para adaptarse al RD Ley de 8 de noviembre, norma convalidada en el Congreso de los Diputados e 2 de diciembre, para dar respuesta a la Sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucionales algunos artículos que se referían a la situación de no someter a tributación aquellos supuestos de transmisión donde no existiese una plusvalía real. (Un incremento de valor real).
De esta forma el Ayuntamiento ponferradino se ajusta al mandato del Tribunal Constitucional. Con anterioridad, el equipo municipal de Gobierno ya había realizado una modificación en esta ordenanza dentro de la reforma fiscal que fue aprobada por el pleno el 8 de octubre del año 2021.
Ya en aquella ocasión se había introducido una cláusula anticonfiscatoria, así como bonificaciones en el caso de que la persona fallecida lo hubiese hecho en una residencia de mayores dentro del año posterior al abandono de su vivienda habitual.
Las modificaciones más importantes que se introducen son:
-No se producirá la sujeción al Impuesto en las transmisiones , si no existe incremento de valor. ( Diferencia entre fecha de transmisión y adquisición).
-El tipo de gravamen es el 27%. Es decir la ordenanza recoge una rebaja de un 10% para el municipio de Ponferrada, entendiendo que los precios del mercado inmobiliario en esta zona están muy por debajo de los nacionales y de Castilla y León.
La pérdida total de recaudación municipal anual, con la implantación del nuevo método objetivo, y la bajada de gravamen decidida por el equipo de Gobierno se puede estimar en unos 550.000 euros al año.