Coronavirus Covid-19
El Gobierno asume parcialmente el reconocimiento de los contagios por Covid-19 como accidentes de trabajo
La medida aprobada ayer por el Consejo de Ministros a través del RDLey 19/2020, publicado hoy en el BOE, reconoce la presunción de contagio en el puesto de trabajo a las personas que realizan su actividad laboral en centros sanitarios y socio-sanitarios. Se podrán beneficiar de esta medida decenas de miles de personas afectadas por esta enfermedad en sus centros de trabajo (solo el personal sanitario acredita más de 50.000 profesionales afectados por esta enfermedad)
El reconocimiento del Accidente de Trabajo se determina de forma directa en el Real Decreto-Ley aprobado esta mañana, y se reconoce a quienes prestan servicios en centros sanitarios y socio-sanitarios, y que hayan contraído la enfermedad COVID-19 durante cualquiera de la fases de la pandemia, por haber estadio expuesto a ese riesgo específico durante la prestación de servicios sanitarios y sociosanitarios. Estas personas, o sus familiares en el caso de que desgraciadamente hayan fallecido, podrán solicitar el reconocimiento de accidente de trabajo hasta el mes posterior a la finalización del estado de alarma, previsiblemente julio.
Este reconocimiento, debe entenderse, alcanza a las prestaciones de incapacidad temporal, incapacidad permanente, así como todas las prestaciones de muerte y supervivencia que se puedan derivar de las mismas. Garantizando de este modo el nivel más alto de protección social que ofrecen las prestaciones de Seguridad Social, al exigir menores requisitos de acceso y cuantías más altas en las prestaciones.