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El TSJ de Castilla y León insta a la Junta a elaborar planes de calidad del aire

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Central Térmica de Compostilla II. Foto: Raúl C

La sentencia del 19 de octubre de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha declarado la obligación de la Junta de elaborar y aprobar a la mayor brevedad posible planes de mejora de calidad del aire, para la media docena de zonas donde entre los años 2010 y 2014 se han superado los valores objetivo para la protección de la salud y/o para la protección de la vegetación, establecidos por la normativa europea y española de calidad del aire para el ozono troposférico.

Las zonas donde la Junta de Castilla y León queda obligada por decisión judicial a elaborar los planes de calidad del aire por ozono son Salamanca, Duero Norte, Duero Sur, Montaña Sur, Valle del Tiétar y Alberche y Sur y Este de Castilla y León, a las que habría que añadir Valladolid y Soria y Demanda, por incumplimientos en años posteriores, sumando una superficie total de 75.500 kilómetros cuadrados y una población de 1.755.000 habitantes.

El Tribunal entiende que el artículo 16 de la Ley estatal de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera y el artículo 24 del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, obligan a las Comunidades Autónomas a adoptar planes de mejora de la calidad del aire pare alcanzar los objetivos de calidad del aire en los plazos fijados, en las zonas en las que los niveles de uno o más contaminantes regulados superen dichos objetivos, como es el caso del ozono.

La Sentencia declara que la existencia de valores altos de ozono en prácticamente todo el territorio de Castilla y León, de España y del sur de Europa, poniendo de relieve que no se trata de un problema local y regional sino nacional e internacional, «no desvirtúa el carácter imperativo con el que los preceptos citados regulan el deber de actuar de las administraciones autonómicas en la elaboración y aprobación de los Planes de mejora de la calidad del aire».

La sentencia, que impone las costas a la Junta de Castilla y León y frente a la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, constituye un precedente judicial que prefigura la solución a la situación de incumplimiento de los estándares legales de calidad de la aire por ozono en diversas zonas de una docena de Comunidades (Andalucía, Aragón, Baleares, Castilla-La Mancha, Cataluña, País Valenciano, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra y País Vasco), sumando una población afectada de 18 millones de personas y una superficie afectada de 340.000 kilómetros cuadrados.

En opinión de Ecologistas en Acción, el pronunciamiento del Tribunal de Castilla y León reviste gran importancia porque es la primera vez que un Tribunal español declara la obligación legal de elaborar planes de calidad del aire para el ozono, sobre la base del derecho nacional, siendo coherente así con las resoluciones adoptadas en los últimos años por tribunales nacionales de Alemania, Bélgica, Holanda, Polonia, Reino Unido o República Checa en el mismo sentido, en relación a otros contaminantes como el dióxido de nitrógeno o las partículas.

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