Castilla y León
La Junta habilita una línea de ayudas para pueblos de menos de 200 habitantes con un solo bar
La nueva línea de ayudas de 3.000 euros por beneficiario que convoca la consejería de la Presidencia en el BOCyL está dirigida a todos los municipios y pedanías de la Comunidad que tengan un solo bar y que cuenten con menos de 200 habitantes
La nueva línea de ayudas, dotada con 3.000 euros por beneficiario, presentada por la Junta aporta un elemento positivo para la permanencia de los ciudadanos en el entorno rural y el fomento de las relaciones sociales y la convivencia: los bares, cafeterías y otros establecimientos similares son centros de ocio y de relajación para los habitantes del pueblo, pero también son centros de acogida al visitante y de bienvenida al nuevo poblador.
Por otro lado, ésta es una iniciativa positiva desde el punto de vista social, ya que dichos establecimientos son un lugar de encuentro de los vecinos de estas pequeñas localidades, donde hombres, mujeres y niños comparten su tiempo en todo tipo de actividades lúdicas, de ocio o culturales.
También es beneficiosa desde el plano asistencial y para mantener el bienestar de las personas, dado que la existencia de un bar en un pueblo pequeño ayuda a evitar la soledad no deseada y la desintegración social, e incluso permite detectar situaciones de problemas de salud, vulnerabilidad o desamparo.
Por último, no se puede obviar que también es una medida enfocada a generar empleo y actividad económica, contribuyendo, así, a dinamizar la economía local.
Estas son las razones que han llevado a la Junta de Castilla y León a estrenar la nueva línea de ayudas para el mantenimiento de centros de ocio y convivencia, tales como bares o cafeterías, en los pequeños municipios y entidades locales menores, cuya convocatoria aparece reflejada en el Boletín Oficial de la Comunidad. El plazo de solicitudes estará abierto hasta el 15 de julio.
Pueblos «habitables y con vida durante todo el año»
Podrán solicitar esta ayuda los pueblos de hasta los 200 habitantes, ya sean municipios o pedanías. En todo caso, los pueblos con menos de 100 habitantes serán los primeros a los que se tenga en cuenta para el reparto, continuando con los de menos de 200 habitantes hasta conseguir atender a todas las solicitudes que permita el límite presupuestario.
El número de municipios castellanos y leoneses que entran en estos márgenes de población, es decir, que tienen menos de 200 habitantes, es de 1.265, lo cual representa a más del 56 % de los 2.248 municipios de Castilla y León. En cuanto a las pedanías, hay 1.996 con menos de 200 habitantes, más del 90 % de las 2.208 que existen en la Comunidad.
De entre estas entidades locales, las que tengan menos de 100 habitantes tendrán prioridad a la hora de recibir la ayuda. En Castilla y León hay 719 municipios y 1.761 pedanías que tienen menos de este número de habitantes.
En total, por tanto, existen en la Comunidad 3.261 entidades locales con menos de 200 habitantes (más de un 73 % de todas las entidades locales castellanas y leonesas), de las cuales 2.480 cuentan con menos de 100 habitantes.
Solicitudes
Los establecimientos que recibirán la ayuda podrán ser tanto públicos como privados. En todo caso, la presentación de la solicitud tendrá que ser realizada por el Ayuntamiento del municipio, que deberá cumplir un requisito más allá del límite de población. Con el objetivo de no interferir en la libertad de mercado, el municipio o la pedanía solicitante deberá tener solo un bar. En el caso de las pedanías, solo cuenta para este requisito el número de este tipo de centros dentro de la propia pedanía, y no los que se encuentren en el municipio al que pertenecen. En ambos supuestos, tienen la obligación de abrir un mínimo de cinco días a la semana y de cinco horas al día, salvo durante el mes de vacaciones.
Los 3.000 euros de la subvención deberán dedicarse a cubrir gastos de suministros generales, como agua, luz, gas y otros combustibles para calefacción y agua caliente, y también podrán destinarse al pago de internet, televisión o plataformas audiovisuales. La subvención será percibida en última instancia por la entidad pública (municipio o pedanía) o por la empresa privada que haya corrido con los gastos, que han de haberse producido en el último año antes de esta convocatoria.