Ponferrada

Sin efecto la reclamación de 2,4 millones del Banco Santander al Ayuntamiento por el Mundial de Ciclismo

Publicado

el

Amparo Vidal. Foto: Raúl C.

La Audiencia Provincial de León, en su sección 1ª, ha dictado un auto (68/17) por el que se anula la resolución del Juzgado de Primera Instancia de Ponferrada que ordenaba al Ayuntamiento de Ponferrada la ejecución del pago de 2.443.622,66 euros reclamados por el Banco Santander por el préstamo que en su día solicitó la Fundación de Deportes en concepto del Mundial de Ciclismo de 2014. A esa cantidad se sumaban 733.098 euros por intereses y costas.

Con este auto la Audiencia Provincial da la razón al Ayuntamiento que presentó un recurso de apelación contra la resolución. La concejal de Hacienda, Amparo Vidal, apunta a que el «carácter de ejecutado debe aparecer de modo evidente en el propio titulo, en la Ley o bien constar en un documento público o documento fehaciente y, en el presente caso, basta un breve análisis de la póliza de crédito para observar que el Ayuntamiento no figura como garante o avalista, ni tampoco como propietario de bienes afectos al pago de la deuda».

Respecto al compromiso del Ayuntamiento de habilitar ayudas o subvenciones para garantizar el crédito concedido a la Fundación de Deportes se fundamentaba en un acuerdo plenario que ha sido sometido a un expediente de revisión de oficio en el que se ha dejado sin efecto y declarado su nulidad.

El auto impone las costas a la parte ejecutante, Banco Santander.

Desestimado el recurso de Cymotsa

Por otro lado, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de León, en su sentencia 136/2017, ha desestimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por Cymotsa, empresa que reclamaba 208.096,04 euros en pago de una factura girada con cargo a la Fundación de Deportes relacionada con trabajos realizados para el Mundial de Ciclismo.

La sentencia deja claro que el contrato fue concertado entre la empresa y una fundación por lo que no existe obligación con cargo al Ayuntamiento de Ponferrada, siendo además que ninguno de los acuerdos municipales establece otra cosa que una genérica disposición de otorgar ayudas o subvenciones a la Fundación, no a las empresas que contraten con ella y, además, esa genérica mención ha sido objeto de revisión de oficio y declarada nula de pleno derecho.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Trending

Salir de la versión móvil