Ponferrada
Un nuevo convenio con la Oficina del Catastro elimina los viajes a León
Formalizado el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Ponferrada y la Oficina Castastral. Se trata del primer convenio de este tipo que se firma en la provincia de León.
Los habitantes de Ponferrada ya no tendrán que desplazarse a León a realizar numerosas gestiones en la Oficina del Castro gracias al convenio formalizado hoy en el despacho de Alcaldía del Consistorio ponferradino entre la Dirección General del Catastro, dependiente de la Secretaría de Estado de Hacienda y el Ayuntamiento de Ponferrada, de colaboración en materia de gestión catastral entre ambas entidades. Se trata del primero de este tipo de convenios que se firma en la provincia de León.
A partir de ahora diversas gestiones y trámites relacionados con la petición de certificados de bienes de personas fallecidas o con ayudas como la PAC, así como todos los relacionados con certificados catastrales, podrán hacerse en los dos puntos de información catastral de Ponferrada, ubicados en el Ayuntamiento y en Ciuden.
El convenio, que previamente había sido firmado por el director general de la Oficina del Catastro, Fernando Aragón, le fue presentado para su formalización al alcalde de Ponferrada, Olegario Ramón, por la gerente territorial del Catastro en León, María Pilar Pazos, y por el jefe del Servicio de Procedimientos Catastrales, Pedro Álvarez.
Por virtud de este convenio, que viene a sustituir a otra anterior de 2001, que a partir de ahora queda sin vigencia, se le atribuyen al Ayuntamiento en régimen de encomienda la tramitación de los expedientes de alteraciones de orden jurídico relativas a bienes inmuebles rústicos y urbanos que se formalicen en el modelo aprobado por Orden Ministerial, siempre que la transmisión de dominio no se haya formalizado en escritura pública o solicitado su inscripción en el Registro de la Propiedad o, habiéndose formalizado la escritura o solicitado la inscripción, no se haya dado cumplimiento a la obligación establecida en el artículo 38 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
También serán objeto de esta encomienda la tramitación de los expedientes de solicitudes de baja previstos en el artículo 15 de dicha ley.
El convenio afecta no solo a la tramitación de los expedientes de alteraciones de dominio y a la tramitación de los expedientes de alteraciones de orden físico y económico, sino también a la actualización de descripciones catastrales de los inmuebles, a la atención al público y a la colaboración en la difusión de la información catastral, a la colaboración en la notificación a los interesados de las comunicaciones del Catastro.
Este nuevo convenio de colaboración es mucho más completo y beneficioso para los usuarios, ya que el anterior, que hoy ha quedado extinguido, estaba desfasado tanto en la tecnología como en la forma de actuación y sólo permitía recoger altas nuevas en el IBI, cambios de titularidad y solo permitía consultar la información catastral del IBI de urbana.